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30.09.2019
El IVA de una reforma no siempre es el mismo, hay diferentes tipos y aplicar uno u otro depende de quién pague la reforma de la vivienda. Descubre más aquí.

Las reformas en casa son muy frecuentes y necesarias. Nadie está libre de sufrir una inundación en su suelo, de que se le atasquen las cañerías o de esa dichosa pared con grietas… Ya eres consciente de que debes realizar esos cambios, pero no sabes a cuánto ascenderá tu gasto y el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) podría influir mucho en tu cartera. Este tributo se aplica sobre el precio de los bienes y se divide en tres tramos:

  • Súper reducido (4%): se aplica a los productos de primera necesidad, tales como los alimentos.
  • Reducido (10%): aplicable a productos importantes y sectores económicos estratégicos que gozan de la protección del Gobierno.
  • Tipo general (21%): se grava sobre el resto de productos, es el más elevado.

¿No tienes claro qué tipo se aplica en tu reforma y quieres ahorrar dinero? No te preocupes, porque en Housell te aclaramos todas tus dudas y te ayudamos a evitar el peligroso despilfarro al que conducen muchas obras.

Tipos de IVA a aplicar en reformas

En lo referido a la reforma de tu casa, se aplica tanto el IVA general como el reducido. Si quieres pasar de pagar un 21% a abonar solamente un 10%, deberás reunir ciertas condiciones. Un descuento de la mitad del dinero no es poco, así que atento a los supuestos:

  • Debe ser una persona física o comunidad de vecinos. En una comunidad, no se aplicará si la factura recae sobre el administrador o bien sobre la compañía aseguradora.
  • No tiene que actuar en la vivienda como empresario o profesional, como se explicará más adelante.
  • La vivienda debe ser exclusivamente particular, no para alquiler.
  • El inmueble necesita haber sido construido o rehabilitado al menos dos años antes del inicio de la reforma facturada.
  • La obra debe ser siempre una renovación o reparación en edificios destinados a viviendas. La pintura, la instalación/renovación/sustitución del ascensor, las calderas, los sistemas de comunicaciones, el agua, la electricidad, la climatización, las instalaciones anti-incendios, las bajantes… todas ellas se incluyen en esta rebaja.
  • El coste de los materiales usados debe ser nulo, es decir no aportados por el trabajador. En caso de que éste lo haga, su importe debe ser inferior al 40% del montante total de la reforma. Existen tres materiales que no computan en este gasto: andamios, elementos accesorios o electrodomésticos de gama blanca (limpieza y cocina) o marrón (informática o telecomunicaciones).

¿Y cuándo pagaría el tipo al 21%?

Desafortunadamente, existen otras situaciones en las que no te podrás librar del tipo general del IVA:

  • En la mayor parte de las obras realizadas "por capricho", es decir que no sean estrictamente necesarias.
  • Si tu compañía de seguros se hace cargo del pago de las facturas por reparar los daños.
  • Si una empresa es la destinataria de la factura.
  • Si se contratan profesionales en una reforma o reparación, deberán entregar las facturas con un 21% de IVA, salvo en situaciones específicas recogidas por la ley:
    • La entidad aseguradora contrata a los profesionales directamente, sin intermediarios.
    • La factura va a nombre de la aseguradora o entidad que se hará cargo del pago. En este caso, la empresa es la beneficiada jurídica.
    • Si contratas y pagas a tus profesionales, deberás abonar el 10% de IVA. Si embargo, si es la aseguradora quien realiza esta labor, el pago ascenderá hasta el 21%.

Si estás pensando en reformar tu casa para venderla, en Housell te ayudamos: llama al 900 622 160 para informarte.

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