El alquiler de pisos está en auge en los últimos años en España, incluso llegando a una situación de burbuja en los precios. Más allá de eso, el arrendamiento de viviendas es una posibilidad para tu inmueble. Eso sí, la cosa cambia cuando hablamos de una VPO (Vivienda de Protección Oficial). Por definición, las viviendas de protección oficial no se pueden alquilar. Sin embargo, sí existen casos donde la operación puede llevarse a cabo. ¿Quieres conocerlos?
Las VPO se crearon para facilitar el acceso a la vivienda de la población con menos ingresos. En España, según datos del Observatorio de la Vivienda y Suelo, el número de VPO terminadas ascendió a casi 2,4 millones. Lógicamente, existen varios requisitos para acceder a este tipo de viviendas:
- Debe ser la primera residencia del propietario: su regulación es autonómica, así que varía según el territorio donde nos encontremos.
- El propietario de una VPO no puede ser propietario de otra vivienda libre. Por tanto, su dueño deberá vivir un mínimo de meses en ella.
- La vigencia de este tipo de edificaciones es temporal. Una vez que haya transcurrido un número de años, la vivienda se convierte en libre o descalificada, es decir, pasa a formar parte del mercado como cualquier otra. Esto cambiará con la futura Ley de Vivienda, que tiene la intención de impedir esta descalificación, salvo en casos excepcionales. Pero hasta que la legislación sea realidad, la ley vigente es la de 1968.
¿Cómo se puede alquilar un piso de protección oficial?
Para alquilar un piso de protección oficial, necesitamos convertirla en una vivienda libre (descalificarla) o bien pedir un permiso especial para llevar a cabo el trámite.
- Esperar a que se convierta en vivienda libre en el plazo legal para ello: lo normal es que deba transcurrir un mínimo de 10 años para ello.
- Pedir la descalificación de forma adelantada: en este caso, debemos acudir a la consejería competente de vivienda, según la Comunidad Autónoma en la que residamos. Deberemos rellenar el modelo de solicitud autonómico y además, entregar una fotocopia de los siguientes documentos: el DNI, la escritura de propiedad de la VPO y en este caso, también la escritura por la que se cancele la cualificación protegida. La descalificación es un trámite gratuito en sí, aunque tendremos que devolver varios importes: por un lado, las subvenciones que el propietario reciba desde que compró la vivienda y por otro, los intereses de demora que correspondan.
- Pedir una autorización para alquilar el piso VPO: si el propietario se ve forzado a vivir fuera del domicilio durante un determinado periodo de tiempo, puede alquilarla con una autorización administrativa. Eso sí, deberá poner un precio de vivienda pública y no de vivienda libre, ajustándose así a las características de esta vivienda.
En nuestro país, la modalidad de alquiler de viviendas de protección oficial ha crecido bastante desde principios de los años 2000. Según publica OCU, el porcentaje sobre el total de pisos VPO destinados al alquiler es notable en varias regiones. Cataluña (33%) y Madrid (22%) dominan este apartado. Utilizando esta vía, muchos arrendatarios pueden acceder a una vivienda alquilada de forma mucho más barata.
Alquilar piso VPO: limitaciones
Como hemos visto anteriormente, alquilar un piso de protección oficial tiene varias limitaciones, que revisaremos a continuación:
- Obligación de que la vivienda sea libre: de lo contrario, nos arriesgamos a una posible multa. Como hemos visto, esto se consigue por agotamiento de plazo legal, solicitud de liberalizar la vivienda o bien, mantener su condición de VPO con una autorización administrativa.
- Obligación de que la vivienda esté ocupada y sea primera residencia: de esta forma, si vamos a cambiar de residencia habitual a otra vivienda; legalmente estamos obligados a vender o alquilar nuestro piso de protección oficial.
- Devolución de subvenciones o desgravaciones fiscales anteriores: es requisito fundamental que si queremos alquilar un piso VPO, devolvamos el importe íntegro de las ayudas que nos concedieron para acceder a ella.
- El precio del alquiler debe ser de vivienda pública: si queremos alquilar nuestro piso de protección oficial, tendremos que ofrecer una cuota menor de la que tendríamos en un mercado libre. Por ejemplo, en Navarra se establece un tope (Renta Máxima Viviendas Alquiler).
- Es recomendable redactar un contrato de alquiler: el contrato verbal es válido, aunque si lo hacemos por escrito podremos ahorrarnos muchos imprevistos.
Sanciones por alquilar un piso de protección oficial
La legislación española considera una infracción muy grave no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente. Según el artículo 155 del Decreto 2114/1968, puede conllevar una sanción de 6.000 euros, la descalificación de la vivienda e incluso, el desahucio de los inquilinos, si estos son reincidentes.
Ahora bien, ¿cómo se puede demostrar que un propietario no reside habitualmente en su vivienda? La forma más usual es la denuncia de una tercera persona. De todas formas, para evitar pleitos legales, es mejor actuar conforme a la normativa.
Ahora que ya sabes más sobre el alquiler de un piso de protección oficial, sus características, sus limitaciones y las posibles sanciones que se pueden producir, puedes entrar en Housell y conseguir más información sobre ello.
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